Subvenciones para maquinaria agricola 2023

CASTILLA LA MANCHA

Para reducir elconsumo energético y práctica de ecorregímenes en explotaciones agrícolas y ganaderas de Castilla la Mancha.

Las inversiones en adquisición de maquinaria y equipos, requerirán para su aprobación que los mismos sean nuevos y con marcado CE.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente convocatoria las personas físicas o juridicas y las entidades inscritas en el registro de titularidad compartida.

Excluidos Jubilados y Comunidades de Bienes.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Maquinaria, vehículos de carga y transporte, y otros equipos incluidos los informáticos. Se incluyen en este apartado los gastos derivados de la adquisición de vehículos, maquinaria agrícola y aperos y otra maquinaria de uso agrario. También la adquisición de equipos informáticos.

Son subvencionables las inversiones realizadas con posterioridad a la resolución de concesión de la ayuda solicitada y, en su caso, aquellas que se realicen con posterioridad a la fecha de formalización de la solicitud y sobre las que exista certificado de técnico competente para la instrucción de las ayudas en el que se haga constar la no iniciación de las inversiones en dicha fecha, siempre y cuando recaiga resolución aprobatoria de ayuda para dichas inversiones.

IMPORTE

En general, el 40 % de la inversión subvencionable.

La intensidad de la ayuda puede incrementarse en los porcentajes adicionales que se indican a continuación, sin que en ningún caso pueda superarse el 75 %:

Jóvenes que tengan menos de 41 años y cuenten con la capacitación y competencia profesional suficiente en el momento de presentar la solicitud y se hayan instalado efectivamente en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda, un 20% adicional.

Inversiones en tecnología innovadora que incidad directamente en la orientación productiva de la explotación o actuaciones promovidas por titulares integrados en EAP, Eapir, Agrupación de Productores o en una entidad integrada en alguna de estas figuras, un 5% adicional.

El volumen máximo de inversión financiable objeto de ayuda será de 100.000 € por unidad de trabajo agrario (UTA) prevista, sin superar los 200.000 € por explotación, en el caso de que la persona titular sea una persona física y 400.000 € por explotación, en el caso de explotaciones de titularidad compartida y explotaciones cuyo titular sea una persona jurídica.

PLAZO

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será hasta el 31 de Julio de 2023.

MAQUINARIA SUBVENCIONABLE MAS COMUN

Maquinaria Para Practica de Ecoesquemas

Sembradoras de Siembra Directa de Precisión: 54.086,13 euros/unidad

Empacadoras de Grandes Pacas Prismáticas y cilindricas: 90.181,28 euros/unidad

Trituradoras de Residuos de Cosecha y Poda: Importe según cultivo y ancho de trabajo.

Prepodadoras (con trituradora): 8.801,55 euros/unidad

Tijeras de Podar (con trituradora): 1.770,96 eu ros/unidad

Desbrozadora Eje Horizontal: 8.732,32 euros/ unidad

Maquinaria Para Manejo y Planificación Eficiente de la Explotación

Equipos Informáticos: 818,92 euros/ unidad

Autoguiado con Tecnología Gps: 9.894,11 euros/unidad

Maquinaria Para Aplicación Eficiente de Insumos

Abonadoras (Distribución por Gravedad): 5.297,09 euros/ unidad

Abonadoras (Distribución por Proyección) suspendida de doble disco: 3.839,73 euros/ unidad

Abonadoras (Distribución por Proyección) – arrastrada de doble disco: 11.157,52 euros/ unidad

Espolvoreadores de 100/300 kg: 2.884,17 euros/ unidad

Espolvoreadores – de 400/500 kg: 3.240,69 euros/ unidad

Esparcidores de Estiércol: 7.660,17-12.825,29 euros/ unidad segun capacidad de la tolva

Pulverizadores Hidráulicos: 6.635,56 euros /unidad

Atomizadores: 8.808,04 euros/ unidad

Enterradores de Estiércol y Otros Abonos Orgánicos: 11.246,15 euros/unidad

Maquinaria Autopropulsada

Tractores: hasta 529,75 euros/CV

Palas: hasta 9.551,00 euros/ unidad

Carros Mezcladores: 28.100,00 euros/ unidad

Cosechadoras de Cereal: 171.567,58 euros/unidad

Vendimiadoras – arrastrada: 14,92 euros/ litro

Vendimiadoras – autopropulsada: 36,86 euros/ litro

Recolectora de Almendros con peladora: 29.197,20 euros/ unidad

Recolectora de Aceituna: 27.333,43 euros/ unidad

NUMERO DE PLANES DE INVERSION

El número de planes de inversión por explotación y persona beneficiaria que se podrán aprobar, incluido el último solicitado, se limitará a un máximo de tres cada seis años, y, además, el volumen total de inversiones financiables contenidas en los mismos no superará,100.000 € por unidad de trabajo agrario (Uta) prevista, sin superar los 200.000 € por explotación, en el caso de que la persona titular sea una persona física y 800.000 € por explotación, en el caso de explotaciones de titularidad compartida y explotaciones cuyo titular sea una persona jurídica.

Los seis años precedentes incluyen los planes con resolución aprobatoria emitida en 2018 y 2021.

PROCEDIMIENTO DE CONCESION

La concesión de las ayudas previstas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

La puntuación mínima que se debe alcanzar para poder tener acceso a la ayuda será de 30 puntos.

MODERACION DE COSTES

Para determinar el coste subvencionable por inversión se aplicarán los baremos estándar de costes unitarios o costes simplificados.

PENALIZACIONES

La renuncia fuera del plazo conllevará que la persona beneficiaria no pueda solicitar ayudas en la siguiente convocatoria.

INICIO DE LAS ACTUACIONES

Si no requiere visita de no inicio se considerarán auxiliables las actuaciones que se realicen con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, entendiéndose la concesión de la ayuda está supeditada a recibir la resolución aprobatoria.

PLAZA DE EJECUCION DE LAS SUBVENCIONES

El plazo de máximo de ejecución de las actuaciones subvencionables queda establecido en 9 meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL SOLICITANTE

Personas físicas

  • N.I.F. cotitulares de explotación en caso de que existan.
  • Informe de vida laboral de la Tesorería de la Seguridad Social

Personas jurídicas

  • Acta o escritura de constitución liquidadas del impuesto.
  • Estatutos y certificación de los componentes de la sociedad.
  • Informe de vida laboral de los socios, emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
  • Relación nominal de los trabajadores e Informe de código de cuenta de cotización, de los doce meses anteriores a solicitud, en los casos en que la explotación emplee mano de obra asalariada.
  • Declaración del impuesto sobre sociedades del último año o modelo 184 para entidades en régimen de atribución de rentas.

Para todos

Apoderamiento

Acreditación de quienes comparezcan o firmen las solicitudes de subvención en nombre de otro en concreto para EAC y representantes de una persona jurídica.

Plan de Inversiones

Deberá ajustarse al contenido del anexo IV de esta convocatoria.

Régimen de tenencia y titularidad de la explotación agraria

Para el caso de titulares que no perciban ayudas incluidas en la solicitud unificada, o haya variaciones respecto a la última solicitud presentada; mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: escrituras públicas, recibos de contribución rústica del último año, contrato de arrendamiento o aparcería, cédulas catastrales, certificación o nota simple del registro.

Agricultor profesional y a título principal

Declaración del impuesto sobre la renta, las 3 ultimas declaraciones (agricultor activo).

Declaración del impuesto sobre la renta, las 5 ultimas declaraciones (ATP o agricultor profesional).

Capacitación profesional

  • Diploma de capataz agrícola, título universitario de la rama agraria o haber superado todos los cursos de la Universidad de dicha rama, así como disponer del título de Formación Profesional Agraria.
  • Certificados de realización de cursos en materia agraria (Incorporación 150 horas).
  • Declaración del IRPF de cinco ejercicios distintos en los que el peticionario conste como declarante de rentas agrarias.
  • Mediante los contratos de trabajo por cuenta ajena en la rama agraria y/o la justificación de autónomo agrario colaborador junto al informe de vida laboral donde refleje esa actividad.
  • Autónomo agrario con el informe de vida laboral a fecha de solicitud,

Agroseguro

Póliza de contratación de seguro agrario de la última campaña agrícola vigente.

Certificado socio cooperativa

certificado de pertenecer a una entidad asociativa del tipo EAPIR, EAP o APPaa o a cualquier entidad asociativa agraria que esté integrada en cualquiera de estas figuras en el momento de solicitud.

Certificado de cursos de formación

Certificado de haber realizado cursos de formación de los impartidos por medio de la Submedida 1.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020 denominada Cursos de formación, talleres de trabajo y de preparación.

PUNTUACION

Explotación en titularidad compartida o ser mujer: 15 puntos.

Persona física Agricultora/r a Título Principal (ATP): 12 puntos.

Persona física agricultor/a profesional: 10 ountos

Persona Joven: 10 puntos.

Ser miembro de una Entidad Asociativa Prioritaria de Interés Regional (EAPIR) o de una Entidad Asociativa Prioritaria de Interés Supraautonómico: 12 puntos

Por ser miembro de una agrupación de productores de productos agroalimentarios (APPaa): 10 puntos.

Plan de inversiones contempla que es miembro de una agrupación de productores con fines de comercialización distinta de las anteriores: 8 puntos.

Por ser agente productor inscrito en el registro de explotación con venta directa: 7 puntos

Mayor o igual a 18 años y menor o igual a 40 años: 4 puntos

Mayor o igual a 41 años y menor o igual a 60 años: 2 puntos

Mayor o igual a 61 años y menor o igual a 64 años: 1 punto

Si al menos el 50% de superficie de explotación agraria esta en Zona de Montaña: 10 puntos.

Si al menos el 50% de superficie de explotación agraria esta en Zonas con otras limitaciones naturales significativas: 5 puntos.

Si al menos el 50% de superficie de explotación agraria esta en otras zonas: 2 puntos

Si al menos el 50% de la superficie de la explotación agraria en un municipio incluido en una zona de Inversión Territorial Integrada (Iti): 6 puntos.

Explotaciones ubicadas en municipios en riesgo de despoblación o intensa despoblación: 17 puntos

Explotaciones ubicadas en municipios de menos de 2.000 habitantes en zonas de intensa despoblación y en municipiosde más de 2.000 habitantes en zonas de extrema despoblación: 25 puntos

Explotaciones ubicadas en municipios de menos de 2.000 habitantes en zonas de extrema despoblación: 29 puntos

Si la orientación productiva de la explotación es ganadería extensiva, apicultura, bovino de leche y agricultura de secano en los sectores estratégicos: 5 puntos.

Si la orientación productiva de la explotación es horticolas: 4 puntos.

Si la orientación productiva es resto de producciones agrarias estratégicas o cuando la suma de varios sectores estratégicos supera
el 40%: 2 puntos

Renta unitaria menor o igual al 50% de la renta de referencia: 4 puntos

Renta unitaria entre el 50% y el 80% de la renta de referencia: 3 puntos

Renta unitaria mayor del 80% de la renta de referencia: 2 puntos

Que la persona titular de la explotación tenga AGROSEGURO: 4 puntos.

Crear 2 o más UTAS asalariadas fijas a tiempo completo: 15 puntos

Crear 2 o más UTAS asalariadas temporales o 1 UTA asalariada fija a tiempo completo: 10 puntos

Crear 1 UTA asalariada temporal: 5 puntos.

Por agricultura ecologica o similar que suponga al menos el 50% de la superficie o margen bruto de la explotación: 6 puntos

Por Tipo de Inversión: Maquinaria utilizada para cumplir con los ecorregímenes de la PAC, indicada en el anexo VI: 15 puntos

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