
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes que regirá la convocatoria de 2021.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas jóvenes, que en el momento de presentar la solicitud de ayuda tengan cumplidos 18 años de edad y no hayan cumplido 41 años, se instalen como titulares por primera vez en una explotación agraria.
Cuantia
El tipo de ayuda consistirá en una ayuda a tanto alzado que contribuirá a la creación de una empresa agraria por el joven agricultor, así como a comenzar su actividad agraria propiamente dicha.
Se establece una ayuda básica de 27.000 euros.
Este importe será incrementado, sin superar en ningún momento los 50.000, por creación de empleo, uso eficiente de los recursos naturales, participación en programas de I D i o inclusión en Entidades Asociativas Prioritarias y Agrupaciones de Productores.
Esta ayuda se hará efectiva en dos tramos, un primer tramo en el que se abonará el 60% de la ayuda total y un segundo tramo por el 40% restante, presentando en ambos casos una solicitud de pago en los plazos y con la de justificación del cumplimiento del Plan empresarial.
Modificaciones importantes respecto a años anteriores.
Estudiantes
Los estudiantes no podrán estar matriculados en enseñanzas regladas por encima de 28 créditos ECTS.
Tutor
El tutor se comprometen a redactar, junto a la persona joven agricultora, el Plan Empresarial y realizar el seguimiento del mismo.
- Redactara el informe de la solicitud de pago del primer tramo de ayuda,
- Informe anual, Año 01
- Informe anual, Año 02
- Informe anual, Año 03
- Redactará el informe de modificación del Plan Empresarial, en los que se deberá justificar las diferencias respecto a la explotación inicialmente planteada tanto en el calendario de ejecución como en las inversiones, dimensión y orientación productiva, que deberán ser previamente comunicadas y aprobadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.
- Elaborarán el informe final.
Siendo todos los informes anteriormente enunciados necesarios para el cobro de la ayuda y el tutor los tendrá que modificar todas las veces que estime oportuno el personal técnico de la administración.
El máximo de personas jóvenes tutoradas por un mismo tutor/a se limita a 30 por la JCCM.
En APIAC este numero nos parece excesivo y desproporcionado y para garantizar la calidad de nuestro trabajo de acompañamiento y seguimiento, no permitiremos que ninguno de nuestros asociados supere el numero de 15 Jóvenes tutorados.
Si necesitas un buen TUTOR, puedes solicitarlo rellenando el siguiente formulario, y nos pondremos en contacto con tígo para informarte.
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